El Barcelona vuelve a estar inmerso en un nuevo problema judicial, en este caso por un problema con algunos pagos. Según la resolución de la Sala Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, el Barça ha sido condenado a pagar 23 millones de euros. El motivo, el IRPF derivado de las retribuciones a los agentes de los futbolistas de 2012 a 2015.
Además, este mismo organismo ha rechazado el recurso presentado por la entidad azulgrana por el que pedían una resolución del TEAC. La Administración mantiene que dichas retribuciones que el club pagó a los agentes tienen la naturaleza de rendimientos de trabajo. Por ello, están sujetos a retención en el momento de abono, obligando a practicar e ingresar la retención correspondiente.
La visión del Barça
El club blaugrana considera que dichos importes corresponden a la retribución acordada por sus servicios prestados. Esto significa que no se puede imputar como retribución de los jugadores aquellas cuantías que solo corresponden a prestaciones y servicios al club.
En un comunicado, publicado el pasado viernes, el club se muestra sorprendido por la decisión del Contencioso-Administrativo. Explica que no se ha tenido en cuenta la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo al respecto. Alega que otros equipos de fútbol si han salido beneficiados gracias a esto último siendo juzgados por el mismo problema.
“Sorprende el divergente criterio de la Audiencia Nacional. Cuando hace pocos meses otra sección estimó un recurso de nuestro club en un tema idéntico al actual que derivaba de la misma operación”
Finaliza el comunicado afirmando que esta sentencia no comporta obligación de pago, aunque ya estaba prevista en las cuentas anuales.
Las conclusiones de la Inspección
El tribunal aprecia que la relación instrumentada entre el Barça y los agentes “tan solo sirve para dar cobertura a los pagos realizados a los jugadores”. Rechazando así los argumentos de la defensa, en los que se indica que los pagos eran por los servicios del agente.
Según el tribunal, existe una simulación en estos pagos, ya que “se da apariencia de que los agentes están prestando un servicio por el club”. Añade que “no se acredita en ninguna forma” y que la realidad de los documentos es contraria a estas circunstancias. Alegan que los agentes representan a los jugadores y actúan en interés de ellos y no para el club.
La Sala está de acuerdo en que el objetivo de la entidad culé era disfrutar de un tratamiento fiscal del hecho más favorable. Es decir, que si los pagos fuesen como dice el Barça que fueron tendrían una mayor ventaja fiscal, al contrario que ocurre si los hechos son como dicta la Fiscalía.
Un último recurso
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso presentado, aunque todavía queda una vía, la del Tribunal Supremo. Esta opción puede ser la forma en la que puedan evitar el pago, ya que en anteriores sentencias de este organismo se le daba la razón al club.
En el caso de que tuviese que pagar la multa de 23 millones de euros, los pagos millonarios estarían divididos. La forma sería así: 8.764.118 de euros en concepto de liquidación tributaria total, el resto son en concepto de sanción. Por el año 2012, más de 3 millones de euros; por el 2013, casi 4 millones y medio.
En 2014, la sanción asciende a 5 millones y por último, un millón y medio por el último año investigado.